Ahorro Previsional voluntario Santander

El Ahorro Previsional Voluntario es un mecanismo que permite a las personas ahorrar para su jubilación. Es un ahorro adicional al obligatorio de la AFP, que tiene como principal objetivo incrementar el saldo de la cuenta de capitalización individual, cuya finalidad es mejorar la pensión o anticiparla.

Sus principales características son:

Permite mantener el estándar de vida actual al momento de jubilar.
El APV permite compensar períodos sin cotización obligatoria.
Otorga importantes beneficios tributarios, pudiendo tener beneficios tanto para los aportes como para los retiros provenientes de excedentes de libre disposición una vez pensionado.

Es necesario

  • Porque el tope imponible considera como máxima renta UF 73,2 por lo que si su renta es superior, está ahorrando menos del 10% de su renta real.
  • Tiempo de ahorro, que está relacionado con el inicio de la vida laboral.
  • Expectativas de vida en aumento.

Banco Santander Chile es agente colocador de los diferentes fondos mutuos administrados por Santander Asset Management S.A. Administradora General de Fondos.

La gestión financiera y el riesgo de estos fondos mutuos no guardan relación con la del grupo empresarial al cual pertenecen, ni con la desarrollada por sus agentes colocadores. Infórmese de las características esenciales de la inversión en estos fondos mutuos, las que se encuentran contenidas en sus reglamentos internos y contratos de suscripción de cuotas. Las rentabilidades o ganancias obtenidas en el pasado por estos fondos mutuos, no garantizan que ellas se repitan en el futuro. Los valores de las cuotas de fondos mutuos son variables. La diferencia en rentabilidad entre alternativas de ahorroprevisional voluntario no necesariamente refleja la diferencia en el riesgo de las inversiones.

Si eres o no cliente Santander puedes invertir con nosotros tu APV bajo dos modalidades:
Depósitos Convenidos (DC) y Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario (DAPV)

Depósitos Convenidos

Son aportes en dinero que los trabajadores pueden convenir con el empleado (Bonos). El Depósito Convenido no constituye renta para el trabajador, de modo que no esta afecto a impuesto. Los DC no se pueden rescatar hasta el momento de pensionarse.

Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario, también conocidas como cotizaciones voluntarias en las AFP:

Voluntarias en las AFP

Son ahorros adicionales al 10% obligatorio, con un tope de hasta UF 50 mensual o UF 600 anual.
El DAPV pueden tomarse vía empleador o depósito bancario.
El DAPV se puede acoger al siguiente régimen tributario A ó B.

Régimen A

NO rebaja la base imponible al momento de efectuar el aporte, sino que recibe una bonificación Fiscal anual del 15% correspondiente al monto ahorrado en DAPV con tope de 6 UTM. Los retiros a través de este régimen se pueden realizar en cualquier momento y no pagan impuesto. Sin embargo, la rentabilidad que estos generen, al ser retirada, constituye renta. Rentabilidades menores a 30 UTM no pagan impuesto.

Régimen B

El ahorro proveniente del DAPV rebaja la base imponible al momento de efectuar el aporte, lo que genera un menor pago de impuesto.
Retiros o rescates de DAPV: se pueden realizar en cualquier momento, con una retención del 15%.
Este retiro constituye renta y esta afecto a un impuesto único al retiro que va entre un 3 y 7% adicional de su tramo de impuesto a la renta.

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