Dividendo Indura 2012

INDURA nace en 1948 para satisfacer las necesidades del sector metalmecánico con una moderna planta de electrodos. Posteriormente, entra en operaciones la planta para la producción de oxígeno, acetileno y nitrógeno. A partir de esta sólida base la empresa se abrió al mundo, y al mercado de capitales. Y como tal, reparte Dividendos Indura 2012.

Mediante un hecho escencial, Indura ha informado que el Directorio, en su sesión ordinaria del 30 de enero, ha acordado proponer a la Junta General de Accionistas el reparto de dividendos Indura en 2012, correspondientes al 26% de las utilidades generadas durante el ejercicio 2011. Este pago se encuadra dentro de los Dividendos 2012.

De pronunciarse favorablemente la Junta de Accionistas a la proposición del Directorio de distribuir las utilidades del ejercicio 2011 (que totalizaron 19.501.324.826 pesos chilenos) y que solo se procederá a distribuir la suma de 5.124.385.576 pesos chilenos, se procedera al pago de los Dividendos Indura 2012.

Asi, de acuerdo a la cantidad de acciones en circulacion, el dividendo a pagar ascendera a $ 9,00 pesos por acción, pagandose una vez terminada la Junta de Accionistas y dentro del primer cuatrimestre del año 2012. Tendran derecho a cobrarlos los accionistas que se encuentren inscriptos en el Registro de Accionistas con una anticipación de 5 días hábiles a la fecha de celebración de la Junta de Accionistas.

Tributacion del Dividendo

Cuando predomina el capital, la Ley de Renta establece un impuesto de primera categoría de tasa de 15%. Este impuesto recae y es abonado por la sociedad, y la base imponible son las ganancias que ha obtenido la empresa.

Una vez tributado, la utilidad puede ser distribuida al propietario final, a través de los dividendos. La Ley de la Renta, en este caso, muestra otra imposición, luego de un primer nivel con un impuesto corporativo (Primera Categoría) que grava la renta a nivel de quien primero la genere.

Este segundo nivel de tributación recae sobre la persona, mediante impuestos personales (Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional) que gravan al propietario individual (socio o accionista) que se apropia de todo o parte de la utilidad que generó la empresa en el primer nivel.

Estos últimos son impuestos personales que gravan los retiros que hagan los socios desde las sociedades de personas y los dividendos que perciban los accionistas de las sociedades anónimas. Específicamente, el Impuesto Global Complementario grava a personas naturales residentes o domiciliadas o en Chile por los referidos retiros o dividendos apropiados desde las sociedades señaladas precedentemente.

En cambio, el Impuesto Adicional grava a las personas naturales o jurídicas, no domiciliadas o residentes en Chile, por sus rentas de fuente chilena, es decir, por los retiros efectuados o dividendos percibidos desde las sociedades señaladas.

Por ultimo, le acercamos un video explicativo acerca de que son los dividendos

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